Artículo 4 (Requisitos).-
Reglamento de Creditos al Sector Publico (BCB 2006 095/2006)
7 de Noviembre, 2006
Vigente
Aprueba el Reglamento de Créditos al Sector Público
Artículo 4 (Requisitos).-
Para la consideración del crédito, es necesario que el MH remita al BCB un plan que incorpore al menos la siguiente documentación:
| 4.1 | El correspondiente Decreto Supremo, en los términos señalados en el Artículo1 del presente Reglamento. | ||||||||
| 4.2 | Solicitud de crédito especificando: | ||||||||
| |||||||||
| 4.3 | El programa de desembolsos, el programa de gastos y el plan de Pagos. |