Artículo 33. (Falsedad en la Declaración Jurada de Bienes y Rentas).

Ley de Lucha contra la Corrupcion, Enriquecimiento Ilicito e Investigacion de Fortunas Marcelo Quiroga Santa Cruz (004)

31 de Marzo, 2010

Vigente

Aprueba la Ley de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas "Marcelo Quiroga Santa Cruz"


Artículo 33. (Falsedad en la Declaración Jurada de Bienes y Rentas).
El que falseare u omitiere insertar los datos económicos, financieros o patrimoniales, que la declaración jurada de bienes y rentas deba contener, incurrirá en privación de libertad de uno a cuatro años y multa de cincuenta a doscientos días.