ARTÍCULO 1.205.- (NATURALEZA).

CODIGO DE COMERCIO (CCOM)

25 de Febrero, 1977

Vigente

CODIGO DE COMERCIO - Aprobado por DL 14379 de 25/02/1977


ARTÍCULO 1.205.- (NATURALEZA).
El contrato de hospedaje, es mercantil cuando el alojamiento y los servicios accesorios son prestados por empresas dedicadas a esa actividad.