ARTÍCULO 1.205.- (NATURALEZA).
CODIGO DE COMERCIO (CCOM)
25 de Febrero, 1977
Vigente
CODIGO DE COMERCIO - Aprobado por DL 14379 de 25/02/1977
ARTÍCULO 1.205.- (NATURALEZA).
El contrato de hospedaje, es mercantil cuando el alojamiento y los servicios
accesorios son prestados por empresas dedicadas a esa actividad.