ARTÍCULO 1.025.- (CONCEPTO).
CODIGO DE COMERCIO (CCOM)
25 de Febrero, 1977
Vigente
CODIGO DE COMERCIO - Aprobado por DL 14379 de 25/02/1977
ARTÍCULO 1.025.- (CONCEPTO).
El siniestro se produce al acontecer el riesgo cubierto por el contrato de seguro y
da origen a la obligación del asegurador de indemnizar o efectuar la prestación convenida.