ARTÍCULO 960.- (OBLIGACIONES GENERALES).

CODIGO DE COMERCIO (CCOM)

25 de Febrero, 1977

Vigente

CODIGO DE COMERCIO - Aprobado por DL 14379 de 25/02/1977


ARTÍCULO 960.- (OBLIGACIONES GENERALES).
Las empresas de transporte en general están obligadas a:

1) Dar a conocer al público los reglamentos oficiales, fijándolos en sitios visibles de sus terminales, oficinas y vehículos;

2) Transcribir los artículos pertinentes del reglamento oficial al reverso de los conocimientos de embarque, cartas de porte y guías, y

3) Entregar la carga en las condiciones y lugares convenidos.