ARTÍCULO 960.- (OBLIGACIONES GENERALES).
CODIGO DE COMERCIO (CCOM)
25 de Febrero, 1977
Vigente
CODIGO DE COMERCIO - Aprobado por DL 14379 de 25/02/1977
ARTÍCULO 960.- (OBLIGACIONES GENERALES).
Las empresas de transporte en general están obligadas a:
1) | Dar a conocer al público los reglamentos oficiales, fijándolos en sitios visibles de sus terminales,
oficinas y vehículos; |
2) | Transcribir los artículos pertinentes del reglamento oficial al reverso de los conocimientos de
embarque, cartas de porte y guías, y |
3) | Entregar la carga en las condiciones y lugares convenidos. |