ARTÍCULO 867.- (PERMUTA MERCANTIL).

CODIGO DE COMERCIO (CCOM)

25 de Febrero, 1977

Vigente

CODIGO DE COMERCIO - Aprobado por DL 14379 de 25/02/1977


ARTÍCULO 867.- (PERMUTA MERCANTIL).
La permuta es mercantil en los mismos casos que la compraventa.