ARTÍCULO 867.- (PERMUTA MERCANTIL).
CODIGO DE COMERCIO (CCOM)
25 de Febrero, 1977
Vigente
CODIGO DE COMERCIO - Aprobado por DL 14379 de 25/02/1977
ARTÍCULO 867.- (PERMUTA MERCANTIL).
La permuta es mercantil en los mismos casos que la compraventa.