ARTÍCULO 832.- (CONTENIDO DE LAS FACTURAS).

CODIGO DE COMERCIO (CCOM)

25 de Febrero, 1977

Vigente

CODIGO DE COMERCIO - Aprobado por DL 14379 de 25/02/1977


ARTÍCULO 832.- (CONTENIDO DE LAS FACTURAS).
Todo vendedor debe otorgar, necesariamente, una factura que contenga:

1) La fecha de venta;

2) El nombre del comprador y del vendedor;

3) Las condiciones de pago;

4) La cantidad, calidad, tamaño, peso o características de las mercaderías;

5) Los valores unitarios y totales de cada partida;

6) Los gastos efectuados con indicación expresa de su concepto, si son por cuenta del comprador o del vendedor, si los hubiere;

7) El número y demás características de la carta de porte o contrato de fletamiento, así como del seguro, si hubiera, y

8) La fecha de entrega al transportador, en su caso.