ARTÍCULO 832.- (CONTENIDO DE LAS FACTURAS).
CODIGO DE COMERCIO (CCOM)
25 de Febrero, 1977
Vigente
CODIGO DE COMERCIO - Aprobado por DL 14379 de 25/02/1977
ARTÍCULO 832.- (CONTENIDO DE LAS FACTURAS).
Todo vendedor debe otorgar, necesariamente, una factura
que contenga:
1) | La fecha de venta; |
2) | El nombre del comprador y del vendedor; |
3) | Las condiciones de pago; |
4) | La cantidad, calidad, tamaño, peso o características de las mercaderías; |
5) | Los valores unitarios y totales de cada partida; |
6) | Los gastos efectuados con indicación expresa de su concepto, si son por cuenta del comprador o
del vendedor, si los hubiere; |
7) | El número y demás características de la carta de porte o contrato de fletamiento, así como del
seguro, si hubiera, y |
8) | La fecha de entrega al transportador, en su caso. |