ARTICULO 15. (DEBER DE RESPETO ENTRE ABOGADOS).-

Codigo de Etica Profesional para el Ejercicio de la Abogacía (26052)

19 de Enero, 2001

Abrogada

Aprueba el Código de Etica Profesional para el Ejercicio de la Abogacia


ARTICULO 15. (DEBER DE RESPETO ENTRE ABOGADOS).-
El respeto recíproco y la mutua cortesía deben prevalecer siempre en las relaciones entre los abogados de las partes litigantes.