ARTICULO 5. (DERECHO AL RESPETO).-

Codigo de Etica Profesional para el Ejercicio de la Abogacía (26052)

19 de Enero, 2001

Abrogada

Aprueba el Código de Etica Profesional para el Ejercicio de la Abogacia


ARTICULO 5. (DERECHO AL RESPETO).-
Todo profesional abogado en el ejercicio de su profesión tiene derecho a ser tratado con respeto y consideración tanto por funcionarios judiciales o administrativos, sean estos, jueces, magistrados, ministros y colegas o sus clientes.