ARTÍCULO 651.- (CONTENIDO DEL, ACTA).
CODIGO DE COMERCIO (CCOM)
25 de Febrero, 1977
Vigente
CODIGO DE COMERCIO - Aprobado por DL 14379 de 25/02/1977
ARTÍCULO 651.- (CONTENIDO DEL, ACTA).
El acta de la junta general extraordinaria que autorice la creación de
bonos contendrá los siguientes requisitos:
1) | Los datos referidos por los incisos 1) al 10) del artículo 645; |
2) | La inserción del balance practicado para la creación de los bonos; |
3) | La especificación, cuando corresponda, de las garantías constituidas; |
4) | En su caso la indicación pormenorizada de los bienes a adquirirse con el importe de la colocación
de los títulos, y |
5) | La designación de los representantes encargados de suscribir los títulos a nombre de la sociedad emisora. |