ARTÍCULO 600.-(CONTENIDO).

CODIGO DE COMERCIO (CCOM)

25 de Febrero, 1977

Vigente

CODIGO DE COMERCIO - Aprobado por DL 14379 de 25/02/1977


ARTÍCULO 600.-(CONTENIDO).
El cheque debe contener:

1) El número y serie impresos. En su defecto, la clave o signo de identificación o caracteres magnéticos;

2) El lugar y fecha de su expedición;

3) Orden incondicional de pagar a la vista una determinada suma de dinero;

4) El nombre y domicilio del banco girado;

5) La indicación de si es a la orden de determinada persona o al portador, y

6) Firma autógrafa del girador.