ARTÍCULO 592.- (CONTENIDO DEL PAGARE).
CODIGO DE COMERCIO (CCOM)
25 de Febrero, 1977
Vigente
CODIGO DE COMERCIO - Aprobado por DL 14379 de 25/02/1977
ARTÍCULO 592.- (CONTENIDO DEL PAGARE).
El pagaré debe contener:
1) | La mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento; |
2) | La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero; |
3) | El nombre de la persona a cuya orden debe hacerse el pago; |
4) | Fecha de vencimiento o la forma de determinarla y el lugar de pago; |
5) | El lugar y fecha de suscripción del documento, y |
6) | La firma del suscriptor o deudor. |