ARTÍCULO 575.- (FORMALIZACION DEL PROTESTO).
CODIGO DE COMERCIO (CCOM)
25 de Febrero, 1977
Vigente
CODIGO DE COMERCIO - Aprobado por DL 14379 de 25/02/1977
ARTÍCULO 575.- (FORMALIZACION DEL PROTESTO).
El protesto por falta de aceptación o de pago se hará en
acta en la cual se exprese:
El notario debe hacer constar en la letra o en hoja adherida a ella, bajo su firma, que la letra fue protestada
por falta de aceptación o de pago, con indicación de la fecha y número del acta respectiva y franqueará
testimonio del acta de protesto con las formalidades legales.
1) | La reproducción literal de la letra, con su aceptación. endoso, aval y cualquier otra indicación que
ella contenga; |
2) | El requerimiento al girado o aceptante para aceptar o pagar la letra, con indicación de si esa
persona estuvo o no presente; |
3) | Los motivos de la negativa para la aceptación o el pago; |
4) | La firma de la persona con quien se entienda la diligencia o la indicación de la imposibilidad para
firmar o de su negativa, y |
5) | La indicación del lugar, fecha y hora en que se practique el protesto y la firma del notario. |