ARTÍCULO 446.- (INFORMACION PUBLICA NECESARIA).

CODIGO DE COMERCIO (CCOM)

25 de Febrero, 1977

Vigente

CODIGO DE COMERCIO - Aprobado por DL 14379 de 25/02/1977


ARTÍCULO 446.- (INFORMACION PUBLICA NECESARIA).
No son objeto de reserva comercial y puede publicarse:

1) La memoria anual de las sociedades por acciones;

2) El balance condensado y estado resumido de resultados;

3) Los dividendos acordados, y

4) La composición del directorio, representantes legales, personal ejecutivo y demás funcionarios.