Artículo 72º.-
Ley General de Sociedades Cooperativas (5035)
13 de Septiembre, 1958
Abrogada
Aprueba la Ley General de Sociedades Cooperativas
Artículo 72º.-
La devolución de las cuotas sociales es obligatoria para la sociedad cooperativa y deberá efectuarse de conformidad con la ley reglamentaria y estatutos.