Artículo 72º.-

Ley General de Sociedades Cooperativas (5035)

13 de Septiembre, 1958

Abrogada

Aprueba la Ley General de Sociedades Cooperativas


Artículo 72º.-
La devolución de las cuotas sociales es obligatoria para la sociedad cooperativa y deberá efectuarse de conformidad con la ley reglamentaria y estatutos.