ARTÍCULO 195.- (CARACTERISTICAS).
CODIGO DE COMERCIO (CCOM)
25 de Febrero, 1977
Vigente
CODIGO DE COMERCIO - Aprobado por DL 14379 de 25/02/1977
ARTÍCULO 195.- (CARACTERISTICAS).
En las sociedades de responsabilidad limitada, los socios responden
hasta el monto de sus aportes.
El fondo común está dividido en cuotas de capital que, en ningún caso, puede representarse por acciones o títulos valores.
El fondo común está dividido en cuotas de capital que, en ningún caso, puede representarse por acciones o títulos valores.