Disposición Transitoria Tercera.

Ley de Procedimiento Administrativo (2341)

23 de Abril, 2002

Vigente

Aprueba la Ley de Procedimiento Administrativo


Disposición Transitoria Tercera.
I. Los procedimientos administrativos que se hallen en trámite a la entrada en vigencia de esta Ley, se regirán por las leyes y disposiciones anteriores.

II. Los recursos administrativos, cualquiera que sea su denominación y régimen jurídico, que se hallen en trámite a la entrada en vigencia de esta Ley se regirán por las leyes y disposiciones anteriores en todas sus fases e instancias y contra la resolución final que se dicte en dichos recursos quedará expedita la vía contencioso – administrativa.