ARTÍCULO 35.- (OTROS REGISTROS).
CODIGO DE COMERCIO (CCOM)
25 de Febrero, 1977
Vigente
CODIGO DE COMERCIO - Aprobado por DL 14379 de 25/02/1977
ARTÍCULO 35.- (OTROS REGISTROS).
Los Registros creados para ciertas sociedades en razón de su objeto,
como el caso de cooperativas y otras, se rigen por sus respectivas leyes.