ARTICULO 14. (Derechos y Obligaciones de los Trabajadores).

Ley del Trabajo Asalariado del Beneficiado de la Castaña (3274)

9 de Diciembre, 2005

Vigente

Regula el trabajo realizado por las trabajadoras y trabajadores en el proceso de beneficiado de la castaña bajo condiciones de dependencia


ARTICULO 14. (Derechos y Obligaciones de los Trabajadores).
Los trabajadores del proceso de beneficiado de la castaña, tendrán los derechos reconocidos por la legislación para todos los trabajadores en general, los emergentes de la Constitución Política del Estado, de la presente Ley, del Reglamento Interno de Trabajo, de los Convenios Colectivos y de los Contratos de Trabajo, siempre que estos últimos respondan a la legislación vigente.

Las obligaciones a que están sujetos los trabajadores, emergen del Contrato de trabajo, del Reglamento Interno de Trabajo, y la legislación vigente.

Los trabajadores que incurran en las causales previstas por el Artículo 16 de la Ley General del Trabajo y el Artículo 9 de su Decreto Reglamentario serán sancionados con la pérdida de sus Beneficios Sociales, conforme a Ley.