ARTICULO 67º.-
Decreto Supremo 22352
27 de Octubre, 1989
Vigente
Declara feriado nacional el 2 de noviembre de cada año "Dia de los Difuntos"
ARTICULO 67º.-
Los días feriados con suspensión de actividades públicas y privadas son los días domingos; 1º de Enero; Lunes y martes de carnaval; viernes Santo; 1º de Mayo; Corpus Cristi; 6 de Agosto; 1º de noviembre; 25 de diciembre y en cada Departamento, la fecha de su efemérides.