ARTICULO QUINTO.-

Decreto Supremo 23570

26 de Julio, 1993

Vigente

Amplía el ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo para deportistas profesionales; establece el régimen laboral de los deportistas


ARTICULO QUINTO.-
Se declara que los empleadores, sean personas o instituciones deportivas, no adquieren la "propiedad" del deportista profesional sino tan sólo la propiedad del derecho de exclusividad de su fuerza de trabajo.