ARTICULO QUINTO.-
Decreto Supremo 23570
26 de Julio, 1993
Vigente
Amplía el ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo para deportistas profesionales; establece el régimen laboral de los deportistas
ARTICULO QUINTO.-
Se declara que los empleadores, sean personas o instituciones deportivas, no adquieren la "propiedad" del deportista profesional sino tan sólo la propiedad del derecho de exclusividad de su fuerza de
trabajo.