ARTICULO 85°.-
Decreto Supremo 21060
29 de Agosto, 1985
Vigente
Establece una nueva política económico - social; establece la escala única porcentual para la aplicación del bono de antigüedad para todos los sectores
ARTICULO 85°.-
La gestión de los principales Ejecutivos de las empresas y entidades del Sector Público será avaluada anualmente por el Directorio en función a los resultados financieros de las empresas, debiendo quedar constancia en acta.