ARTICULO 85°.-

Decreto Supremo 21060

29 de Agosto, 1985

Vigente

Establece una nueva política económico - social; establece la escala única porcentual para la aplicación del bono de antigüedad para todos los sectores


ARTICULO 85°.-
La gestión de los principales Ejecutivos de las empresas y entidades del Sector Público será avaluada anualmente por el Directorio en función a los resultados financieros de las empresas, debiendo quedar constancia en acta.