Disposición Primera (Reglamentación).

Ley 2640

11 de Marzo, 2004

Vigente

Establece el procedimiento destinado a resarcir a las víctimas de violencia política en períodos de gobierno inconstitucionales


Disposición Primera (Reglamentación).
El poder Ejecutivo, reglamentará la presente Ley y aprobará el Reglamento de la Comisión Nacional de Resarcimiento a las Víctimas de la Violencia Política de Gobiernos Inconstitucionales (CONREVIP), en el plazo de noventa (90) días a partir de su publicación.