ARTÍCULO 1181. (NOCIÓN).-
CODIGO CIVIL (CC)
6 de Agosto, 1975
Vigente
CODIGO CIVIL - Aprobado por DL 12760 de 06/08/1975
ARTÍCULO 1181. (NOCIÓN).-
I. | El legado es una liberalidad que se hace en testamento sobre bienes de libre disposición. |
II. | Todas las cosas y derechos pueden ser objeto de legado si no se va contra la ley, siempre que tenga el legante propiedad sobre las cosas legadas o un derecho a ellas. |