ARTÍCULO 37.- (USO GENERAL).
Simbolos del Estado Plurinacional de Bolivia (0241)
5 de Agosto, 2009
Vigente
Norma las características y el uso de los Símbolos del Estado Plurinacional de Bolivia
ARTÍCULO 37.- (USO GENERAL).
I. | La Escarapela se puede usar, para denotar el orgullo patrio, como símbolo personal, colocada en el pecho en desfiles, fiestas cívicas y conmemoraciones patrióticas. |
II. | La Escarapela también se podrá lucir en Banderas institucionales y estandartes, con el objeto de adornar cívicamente los mismos y guardando el respeto y la solemnidad que se merece en su utilización. |