ARTÍCULO 3.- (PRINCIPIOS).
Simbolos del Estado Plurinacional de Bolivia (0241)
5 de Agosto, 2009
Vigente
Norma las características y el uso de los Símbolos del Estado Plurinacional de Bolivia
ARTÍCULO 3.- (PRINCIPIOS).
Son principios rectores del presente Decreto Supremo:
a) | Identidad.- Asumiendo que los Símbolos del Estado son la más elevada representación del Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario. |
b) | Soberanía.- Es el poder supremo del Estado por el que no está sometido al control de otro Estado, reside en el pueblo y se ejerce por sus órganos representativos. |
c) | Respeto.- Entendido como la reverencia y enaltecimiento que los Símbolos del Estado merecen, al representar a la nacionalidad boliviana. |
d) | Civismo.- Son las pautas mínimas de comportamiento enmarcado en la cortesía y la urbanidad hacia los Símbolos del Estado, siendo deber de toda persona, nacional o extranjera, cumplir las disposiciones respecto a la conformación y uso de los Símbolos del Estado. |
e) | Integración.- Referida al proceso de formación de una identidad común en la que los grupos étnicos, lingüísticos, religiosos, políticos, sociales y otros se sientan parte de la misma comunidad superando sus divergencias. |
f) | Interculturalidad.- Entendida como la interacción, intercambio y comunicación cultural basados en el reconocimiento, aceptación y reciprocidad con el otro. |
g) | Descolonización.- Entendida como el proceso por el cual la población desarrolla una identidad relacionada con sus propios principios, valores, espiritualidad, saberes, usos y costumbres, estableciendo su soberanía. |