ARTÍCULO 3.- (PRINCIPIOS).

Simbolos del Estado Plurinacional de Bolivia (0241)

5 de Agosto, 2009

Vigente

Norma las características y el uso de los Símbolos del Estado Plurinacional de Bolivia


ARTÍCULO 3.- (PRINCIPIOS).
Son principios rectores del presente Decreto Supremo:

a) Identidad.- Asumiendo que los Símbolos del Estado son la más elevada representación del Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario.

b) Soberanía.- Es el poder supremo del Estado por el que no está sometido al control de otro Estado, reside en el pueblo y se ejerce por sus órganos representativos.

c) Respeto.- Entendido como la reverencia y enaltecimiento que los Símbolos del Estado merecen, al representar a la nacionalidad boliviana.

d) Civismo.- Son las pautas mínimas de comportamiento enmarcado en la cortesía y la urbanidad hacia los Símbolos del Estado, siendo deber de toda persona, nacional o extranjera, cumplir las disposiciones respecto a la conformación y uso de los Símbolos del Estado.

e) Integración.- Referida al proceso de formación de una identidad común en la que los grupos étnicos, lingüísticos, religiosos, políticos, sociales y otros se sientan parte de la misma comunidad superando sus divergencias.

f) Interculturalidad.- Entendida como la interacción, intercambio y comunicación cultural basados en el reconocimiento, aceptación y reciprocidad con el otro.

g) Descolonización.- Entendida como el proceso por el cual la población desarrolla una identidad relacionada con sus propios principios, valores, espiritualidad, saberes, usos y costumbres, estableciendo su soberanía.