ARTÍCULO 243. (GASTOS Y COSTAS DEL LITIGIO).-

CODIGO CIVIL (CC)

6 de Agosto, 1975

Vigente

CODIGO CIVIL - Aprobado por DL 12760 de 06/08/1975


ARTÍCULO 243. (GASTOS Y COSTAS DEL LITIGIO).-
El usufructuario soporta los gastos y costas de litigio que se refieren al usufructo.