ARTÍCULO 243. (GASTOS Y COSTAS DEL LITIGIO).-
CODIGO CIVIL (CC)
6 de Agosto, 1975
Vigente
CODIGO CIVIL - Aprobado por DL 12760 de 06/08/1975
ARTÍCULO 243. (GASTOS Y COSTAS DEL LITIGIO).-
El usufructuario soporta los gastos y costas de litigio que se refieren al usufructo.