ARTÍCULO 30. (INDETERMINACIÓN DEL DOMICILIO ACTUAL).-

CODIGO CIVIL (CC)

6 de Agosto, 1975

Vigente

CODIGO CIVIL - Aprobado por DL 12760 de 06/08/1975


ARTÍCULO 30. (INDETERMINACIÓN DEL DOMICILIO ACTUAL).-
Cuando el domicilio actual de una persona no puede determinarse con certeza, rige el último domicilio conocido.