ARTÍCULO 30. (INDETERMINACIÓN DEL DOMICILIO ACTUAL).-
CODIGO CIVIL (CC)
6 de Agosto, 1975
Vigente
CODIGO CIVIL - Aprobado por DL 12760 de 06/08/1975
ARTÍCULO 30. (INDETERMINACIÓN DEL DOMICILIO ACTUAL).-
Cuando el domicilio actual de una persona no puede determinarse con certeza, rige el último domicilio conocido.