ARTICULO 69° (ABROGACIONES Y DEROGACIONES)
LEY DE PENSIONES (25851)
21 de Julio, 2000
Abrogada
Aprueba el Texto Ordenado de la Ley de Pensiones - Ley 1732 de 29/11/1996 (Prestaciones, financiamiento, afiliación y registro, AFPs, entidades aseguradoras y clasificadoras de riesgo, SIREFI)
ARTICULO 69° (ABROGACIONES Y DEROGACIONES)
Quedan derogados los artículos 105, 106,158, 160 y el primer párrafo del artículo 159 de la ley 1488 de 14 de abril de 1993 (Ley de Bancos y Entidades Financieras), todas las disposiciones legales del Sistema de Reparto y las disposiciones contrarias a la presente ley.
Queda abrogado el Decreto 07585 de 20 de abril de 1966.
Queda derogado el artículo 24 del Decreto 05035 de 13 de septiembre de 1958.
Queda abrogado el Decreto 07585 de 20 de abril de 1966.
Queda derogado el artículo 24 del Decreto 05035 de 13 de septiembre de 1958.