Artículo 28.- (Marco de Referencia)

Resolución Suprema 218041

29 de Julio, 1997

Vigente

Aprueba las Normas Básica del Sistema de Crédito Público


Artículo 28.- (Marco de Referencia)
La política crediticia, la estrategia de endeudamiento público externo e interno, la red de relaciones interinstitucionales y la reglamentación de la deuda pública, establecidas por el Subsistema de Planificación de la Deuda Pública, constituirán el marco de referencia del Subsistema de Administración de la Deuda Pública.