Artículo 28.- (Marco de Referencia)
Resolución Suprema 218041
29 de Julio, 1997
Vigente
Aprueba las Normas Básica del Sistema de Crédito Público
Artículo 28.- (Marco de Referencia)
La política crediticia, la estrategia de endeudamiento público externo e interno, la red de relaciones interinstitucionales y la reglamentación de la deuda pública, establecidas por el Subsistema de Planificación de la Deuda Pública, constituirán el marco de referencia del Subsistema de Administración de la Deuda Pública.