ARTICULO 16°.- (INCUMPLIMIENTO DE DEBERES)

Reglamento de Desarrollo Parcial a la Ley Nº 2027, de 27 de Octubre de 1999, del Estatuto del Funcionario Público (25749)

20 de Abril, 2000

Vigente

Aprueba el Reglamento de Desarrollo Parcial a la Ley 2027 del Estatuto del Funcionario Público (régimen laboral de los servidores públicos y carrera administrativa)


ARTICULO 16°.- (INCUMPLIMIENTO DE DEBERES)
El incumplimiento de los deberes señalados precedentemente y la infracción de las prohibiciones establecidas en el estatuto del funcionario público, genera las responsabilidades previstas en la Ley Nº 1178, Decreto Supremo Nº 23318-A y Ley Nº 2027.