ARTÍCULO 51° (BASES GENERALES).

Estatuto del Funcionario Público (2027)

27 de Octubre, 1999

Vigente

Aprueba el Estatuto del Funcionario Público


ARTÍCULO 51° (BASES GENERALES).

Las bases que orientan la retribución de los servidores públicos, se fundan en los siguientes aspectos:

a)

Periodicidad y oportunidad de la retribución.

b)

Inembargabilidad de la remuneración, dentro de los límites establecidos por la legislación aplicable.

c)

Prohibición de deducciones a las remuneraciones, destinadas a parcialidades o intereses políticos, así sean éstas solicitadas por los mismos servidores públicos.

d)

Valoración de la remuneración tomando en cuenta situaciones referidas al entorno y condiciones en las cuales desempeñen sus actividades.

e)

Prescripción bienal, a favor del Estado, de las remuneraciones no cobradas.

f)

Prohibición de pago de días no trabajados.

g)

Derecho a la percepción de un aguinaldo de navidad equivalente a un salario mensual o duodécimas correspondientes.