ARTÍCULO 51° (BASES GENERALES).
Estatuto del Funcionario Público (2027)
27 de Octubre, 1999
Vigente
ARTÍCULO 51° (BASES GENERALES).
Las bases que orientan la retribución de los servidores públicos, se fundan en los siguientes aspectos:
a) |
Periodicidad y oportunidad de la retribución. |
b) |
Inembargabilidad de la remuneración, dentro de los límites establecidos por la legislación aplicable. |
c) |
Prohibición de deducciones a las remuneraciones, destinadas a parcialidades o intereses políticos, así sean éstas solicitadas por los mismos servidores públicos. |
d) |
Valoración de la remuneración tomando en cuenta situaciones referidas al entorno y condiciones en las cuales desempeñen sus actividades. |
e) |
Prescripción bienal, a favor del Estado, de las remuneraciones no cobradas. |
f) |
Prohibición de pago de días no trabajados. |
g) |
Derecho a la percepción de un aguinaldo de navidad equivalente a un salario mensual o duodécimas correspondientes. |