ARTÍCULO 32° (DISPONIBILIDAD DE CARGOS).
Estatuto del Funcionario Público (2027)
27 de Octubre, 1999
Vigente
Aprueba el Estatuto del Funcionario Público
ARTÍCULO 32° (DISPONIBILIDAD DE CARGOS).
La promoción de los funcionarios de carrera estará condicionada a la disponibilidad efectiva de cargos públicos, conforme a los requerimientos y necesidades de cada entidad en el marco del Sistema de Organización Administrativa.