ARTÍCULO 32° (DISPONIBILIDAD DE CARGOS).

Estatuto del Funcionario Público (2027)

27 de Octubre, 1999

Vigente

Aprueba el Estatuto del Funcionario Público


ARTÍCULO 32° (DISPONIBILIDAD DE CARGOS).

La promoción de los funcionarios de carrera estará condicionada a la disponibilidad efectiva de cargos públicos, conforme a los requerimientos y necesidades de cada entidad en el marco del Sistema de Organización Administrativa.