ARTÍCULO 181.- (CONVOCATORIA).
Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (29190)
11 de Julio, 2007
Abrogada
Aprueba las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NBSABS).
ARTÍCULO 181.- (CONVOCATORIA).
I. | Decidida la forma del remate, la entidad elaborará una convocatoria que debe contener la siguiente información: | ||||||||||||||
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II. | La entidad publicará la convocatoria en el SICOES y opcionalmente en la un medio de prensa escrita con una anticipación no inferior a 10 (diez) días hábiles de la fecha fijada para el acto de remate y en un periódico de circulación nacional, una de ellas necesariamente en día domingo. | ||||||||||||||
III. | Cuando se trate de entidades públicas alejadas de centros urbanos, podrán utilizarse diarios locales u otro tipo de medios de comunicación que permitan la difusión de la convocatoria. |