ARTICULO 105.-
Reglamento de Normas Tecnicas y de Seguridad para las Actividades de Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos (28397)
6 de Octubre, 2005
Abrogada
Regula las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos
ARTICULO 105.-
La cañería de Revestimiento de Superficie debe ser instalada para proveer el soporte seguro a los BOP y al equipo que colgará del Cabezal.Debe ser cementada en toda su longitud.