ARTÍCULO 11º (Objetivos de la Política Nacional de Hidrocarburos).

Ley de Hidrocarburos (3058)

17 de Mayo, 2005

Vigente

Aprueba la Ley de Hidrocarburos


ARTÍCULO 11º (Objetivos de la Política Nacional de Hidrocarburos).
Constituyen objetivos generales de la Política Nacional de Hidrocarburos:

a) Utilizar los hidrocarburos como factor del desarrollo nacional e integral de forma sostenible y sustentable en todas las actividades económicas y servicios, tanto públicos como privados.

b) Ejercer el control y la dirección efectiva, por parte del Estado, de la actividad hidrocarburífera en resguardo de su soberanía política y económica.

c) Generar recursos económicos para fortalecer un proceso sustentable de desarrollo económico y social.

d) Garantizar, a corto, mediano y largo plazo, la seguridad energética, satisfaciendo adecuadamente la demanda nacional de hidrocarburos.

e) Fortalecer, técnica y económicamente, a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) como la empresa estatal encargada de ejecutar la Política Nacional de Hidrocarburos para garantizar el aprovechamiento soberano de la industria hidrocarburífera.

f) Garantizar y fomentar el aprovechamiento racional de los hidrocarburos, abasteciendo con prioridad a las necesidades internas del país.

g) Garantizar y fomentar la industrialización, comercialización y exportación de los hidrocarburos con valor agregado.

h) Establecer políticas competitivas de exportación, industrialización y comercialización de los hidrocarburos y sus derivados, en beneficio de los objetivos estratégicos del país.