ARTÍCULO ÚNICO.-
Decreto Supremo 5622
19 de Mayo, 2026
Vigente
ARTÍCULO ÚNICO.-
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I. |
Se establece el bono denominado "Gestión de Aula", que será entregado en el mes de junio de cada año, a favor del personal docente y administrativo del Magisterio Fiscal, como un incentivo para garantizar el derecho a la educación de los estudiantes, mediante el reconocimiento económico al cumplimiento del calendario escolar anual establecido por el Ministerio de Educación y la optimización del tiempo efectivo de avance curricular en aula. |
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II. |
Para el pago del bono "Gestión de Aula", el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas efectuará la asignación de recursos del Tesoro General de la Nación – TGN. |
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III. |
El monto del bono establecido precedentemente será de Bs2.400,00 (DOS MIL CUATROCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS) en la gestión 2026. Las actualizaciones anuales del monto del bono "Gestión de Aula" para las próximas gestiones, se realizarán en función a la tasa promedio anual de inflación (Índice de Precios al Consumidor – IPC) de la gestión precedente. |