Artículo Único.-

Resolucion Normativa de Directorio SIN 2026 102600000002

22 de Enero, 2026

Vigente

Modifica el Parágrafo I del Artículo 8 de la RND 102500000017, de 16/04/2025 (Establece el marco normativo de los procedimientos de inscripción, modificación, suspensión de actividades económicas y baja del NIT del Sujeto Pasivo o Tercero Responsable en el padrón nacional de contribuyentes del SIN, que en adelante se denominará Registro Nacional de Contribuyentes – RNC),Deroga el Artículo 7 de la RND 102500000017, de 16/04/2025.


Artículo Único.-

Se modifica el Parágrafo I del Artículo 8 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102500000017, de 16 de abril de 2025, con el siguiente texto:

"I.

A la finalización del trámite de inscripción en la modalidad en plataformas del SIN, se generará el NIT.

Para los trámites de inscripción solicitados en la modalidad en Línea, los Contribuyentes deberán apersonarse a las plataformas del SIN, a efecto de que se realice el registro de biometría y la validación de la documentación original y/o legalizada, en caso de corresponder, presentada al momento de su registro, para su posterior finalización y generación de NIT.

En ambos casos, la Administración Tributaria remitirá las credenciales de acceso al SIAT en Línea, el enlace para descarga del aplicativo SIAT en tus manos y el enlace del Buzón Tributario, al correo electrónico del Sujeto Pasivo o Tercero Responsable registrado en el RNC.”