Artículo 8 (Finalización del proceso de Inscripción).-
Resolucion Normativa de Directorio SIN 2025 102500000017
16 de Abril, 2025
Vigente
Artículo 8 (Finalización del proceso de Inscripción).-
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I. |
Aprobada la inscripción en la modalidad en línea o por plataformas, la Administración Tributaria remitirá las credenciales de acceso al SIAT en Línea, el enlace para descarga del aplicativo SIAT en tus manos y el enlace del Buzón Tributario, al correo electrónico del Sujeto Pasivo o Tercero Responsable registrado en el RNC. |
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II. |
El Sujeto Pasivo o Tercero Responsable, con las credenciales de acceso ingresará al Buzón Tributario para descargar los siguientes documentos:
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III. |
En el caso de actividades económicas reguladas conforme norma sectorial vigente, la Administración Tributaria habilitará la emisión de facturas, previa presentación del documento o documentos de autorización, emitido(s) por el ente regulador. |