DISPOSICIÓN FINAL OCTAVA.-

Decreto Supremo 5383

1 de Mayo, 2025

Vigente

Establece el Incremento Salarial para la gestión 2025, para los profesionales y trabajadores en el Sector Salud; personal docente y administrativo del Magisterio Fiscal, así como para el Servicio Departamental de Gestión Social – SEDEGES, miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Boliviana; el Incremento Salarial en el sector privado, y el Salario Mínimo Nacional para la gestión 2025. Modifica el numeral 2 del inciso c) del Artículo 8 del DS 21531, de 27/02/1987 (Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado - RC-IVA). Abroga el DS 5154 de 01/05/2024 (Establece el Incremento Salarial para la gestión 2024, para los profesionales y trabajadores en el Sector Salud; personal docente y administrativo del Magisterio Fiscal, así como para el Servicio Departamental de Gestión Social - SEDEGES, miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Boliviana; el Incremento Salarial en el sector privado; el Salario Mínimo Nacional para la gestión 2024.).


DISPOSICIÓN FINAL OCTAVA.-

De manera excepcional, para la presente gestión:

a)

Se considerará como porcentaje máximo el Incremento Salarial en las empresas públicas del nivel central del Estado, el establecido en el Artículo 2 del presente Decreto Supremo, debiendo las mismas cumplir los requisitos, procedimientos y plazos determinados en el Decreto Supremo N° 2348, de 1 de mayo de 2015;

b)

Para las empresas públicas de los gobiernos autónomos departamentales o municipales se podrá fijar un Incremento Salarial considerando como porcentaje máximo el establecido en el Artículo 2 del presente Decreto Supremo, de acuerdo a su sostenibilidad financiera y en el marco de su normativa vigente.