ARTÍCULO 5.- (PROHIBICIÓN DE SUSCRIBIR ACUERDOS).

Decreto Supremo 5383

1 de Mayo, 2025

Vigente

Establece el Incremento Salarial para la gestión 2025, para los profesionales y trabajadores en el Sector Salud; personal docente y administrativo del Magisterio Fiscal, así como para el Servicio Departamental de Gestión Social – SEDEGES, miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Boliviana; el Incremento Salarial en el sector privado, y el Salario Mínimo Nacional para la gestión 2025. Modifica el numeral 2 del inciso c) del Artículo 8 del DS 21531, de 27/02/1987 (Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado - RC-IVA). Abroga el DS 5154 de 01/05/2024 (Establece el Incremento Salarial para la gestión 2024, para los profesionales y trabajadores en el Sector Salud; personal docente y administrativo del Magisterio Fiscal, así como para el Servicio Departamental de Gestión Social - SEDEGES, miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Boliviana; el Incremento Salarial en el sector privado; el Salario Mínimo Nacional para la gestión 2024.).


ARTÍCULO 5.- (PROHIBICIÓN DE SUSCRIBIR ACUERDOS).

Se prohíbe a los ejecutivos de las entidades públicas o autoridades que los representen, suscribir convenios en materia salarial que comprometan recursos públicos, al margen de lo dispuesto por el presente Decreto Supremo.