TERCERO.-
Resolución Ministerial MT 2024 521/24
9 de Mayo, 2024
Vigente
TERCERO.-
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I. |
De conformidad al Parágrafo II de la Disposición Final Primera, del Decreto Supremo N° 5154, el pago retroactivo del Incremento Salarial y la aplicación del Salario Mínimo Nacional de la gestión 2024, deberá ser efectivizado hasta el día viernes 31 de mayo de la presente gestión. |
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II. |
A efectos del cumplimiento del pago retroactivo del Incremento Salarial hasta el 31 de mayo, las empleadoras y los empleadores tomarán las previsiones para la suscripción del Convenio Colectivo de Incremento Salarial, dentro del plazo previsto en el parágrafo precedente. |