ARTÍCULO 10.- (PRESENTACIÓN FÍSICA EXCEPCIONAL DE PLANILLAS).

Reglamento para la presentación extemporánea, rectificación y presentación física excepcional de planillas mensuales de sueldos, salarios y accidentes de trabajo u otras (RPERPFPMSSA 152/24)

6 de Febrero, 2024

Vigente

Reglamento para la presentación extemporánea, rectificación y presentación física excepcional de planillas mensuales de sueldos, salarios y accidentes de trabajo u otras, aprobado por RM 152/24 de 06/02/2024


ARTÍCULO 10.- (PRESENTACIÓN FÍSICA EXCEPCIONAL DE PLANILLAS).

I.

La Oficina Virtual de Tramites - OVT no admite la corrección de una planilla integra, que hubiera sido declarada de forma errada.

II.

Con la finalidad de proteger los derechos de las y los trabajadores y contar con información veraz; en caso de haberse presentado una planilla integra de forma errónea conforme a lo previsto en el inciso a) del Artículo 9 del presente Reglamento, excepcionalmente el empleador podrá presentar una planilla física con la información correcta, más el pago de la multa por presentación extemporánea correspondiente, para cuyo efecto deberá seguir el siguiente procedimiento:

 

Paso 1. El empleador debe llenar el formulario de Declaración Jurada correspondiente a la planilla presentada de forma errónea, conforme a los modelos disponibles para descarga en el portal web institucional del MTEPS, dentro de la página de trámites Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional.

 

Paso 2. Para el cálculo de la multa; las empresas o establecimientos laborales del sector privado deberán ingresar a la calculadora de multas habilitada para el efecto, en el portal web institucional del MTEPS - Trámites Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional.

 

Paso 3. Realizado el cálculo de la multa, la misma deberá ser depositada en el día a la cuenta Banco Unión MTEPS 1-60-6425, más el costo del servicio, efectuados los depósitos correspondientes, deberá presentar en la Plataforma de Atención al Usuario o Ventanilla Única de las Jefaturas Departamentales y Regionales de Trabajo, el trámite cori la siguiente documentación:

a)

Formulario de Declaración Jurada correspondiente a la planilla presentada de forma errónea;

b)

Planilla del mes debidamente - llenada y firmada conforme al modelo establecido por el MTEPS, (en caso de no contar con las firmas de los trabajadores en las planillas, el empleador deberá adjuntar como respaldo -boletas de pago o abono a cuentas bancaria);

c)

Boleta del depósito por el costo de servicio de acuerdo al monto establecido norma específica;

d)

Boleta de depósito de la multa generada (a excepción de instituciones del sector público y las misiones diplomáticas y de organismos internacionales).

 

Paso 3. a) Al momento del ingreso del trámite, el encargado de Plataforma de Atención al Usuario o Ventanilla Única, revisará el cumplimiento de la documentación establecida en el presente reglamento;

 

b) En caso de que no se cumpla con la documentación exigida en el presente reglamento, el encargado de Plataforma de Atención al Usuario o Ventanilla Única rechazará el trámite, debiendo el empleador subsanar las observaciones realizadas en el día, caso contrario el empleador deberá proceder a la actualización del monto de la multa.

 

Paso 4. Cumplido todo lo señalado; el encargado de Plataforma de Atención al Usuario o Ventanilla única, recepcionará el trámite y lo remitirá en el día a la Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional para su análisis, acciones que correspondan y/o archivo de acuerdo a normativa vigente.

III.

La presentación excepcional de la planilla física podrá realizarse únicamente a partir del día 16 del mes en el que se realizó la declaración de la planilla integra que hubiera sido declarada de forma errada.