ARTÍCULO 5.- (PLANILLA RECTIFICATORIA)

Reglamento para la presentación extemporánea, rectificación y presentación física excepcional de planillas mensuales de sueldos, salarios y accidentes de trabajo u otras (RPERPFPMSSA 152/24)

6 de Febrero, 2024

Vigente

Reglamento para la presentación extemporánea, rectificación y presentación física excepcional de planillas mensuales de sueldos, salarios y accidentes de trabajo u otras, aprobado por RM 152/24 de 06/02/2024


ARTÍCULO 5.- (PLANILLA RECTIFICATORIA)

I.

Se considera planilla rectificatoria, la declaración realizada para modificar, subsanar, corregir o aclarar algunos de los datos consignados en una Planilla de Sueldos, Salarios y Accidentes de Trabajo u otras. 

II.

Por tratarse de información que es susceptible de afectar derechos laborales de las trabajadoras y los trabajadores, la planilla rectiflcatoria, no sustituye a la Planilla de Sueldos, Salarios y Accidentes de Trabajo u otras, simplemente implica la modificación, corrección o aclaración de algunos de los datos consignados y no la totalidad de la planilla.

III.

Se aclara que la información consignada en la planilla rectificatoria tiene calidad de declaración jurada, cuya falsedad será sancionada de acuerdo a normativa vigente.