ARTÍCULO ÚNICO.
Ley 1581
24 de Septiembre, 2024
Vigente
ARTÍCULO ÚNICO.
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I. |
De conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de Préstamo para el "Proyecto de Construcción de la Carretera Uyuni - Hito LX Tramos 1 al 3", suscrito el 20 de marzo de 2024, entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento - CAF, por un monto de hasta $us223.420.000,00 (DOSCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES). |
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II. |
Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación - TGN, asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del Contrato de Préstamo, aprobado por la presente Ley. |