PRIMERO.-

Resolución Ministerial MT 2023 752/23

18 de Mayo, 2023

Vigente

Reglamenta la aplicación del Incremento Salarial en el Sector Privado, para todas las modalidades de contratos de trabajo asalariado, dispuesto en el artículo 6 del DS 4928 de 01/05/2023 (Establece el Incremento Salarial para la gestión 2023, para los profesionales y trabajadores en el Sector Salud; personal docente y administrativo del Magisterio Fiscal, así como para el Servicio Departamental de Gestión Social - SEDEGES, miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Boliviana; Incremento Salarial en el sector privado; y, Salario Mínimo Nacional para la gestión 2023)


PRIMERO.-

I.

Reglamentar la aplicación del Incremento Salarial en el Sector Privado, para todas las modalidades de contratos de trabajo asalariado, dispuesto en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 4928 de 01 de mayo de 2023, cuya base de negociación es del tres por ciento (3%) al salario básico, lo que no impide que se establezcan porcentajes superiores de incremento.

II.

El Salario Mínimo Nacional dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 4928, es de Bs2.362.- (DOS MIL TRESCIENTOS SESENTAY DOS 00/100 BOLIVIANOS), que representa un incremento del cinco por ciento (5%) con relación al establecido para la gestión 2022, en ese marco, toda trabajadora y trabajador sujeto a cualquier modalidad de contrato individual de trabajo o relación laboral en condiciones de subordinación y dependencia, trabajo por cuenta ajena, que perciba remuneración en cualquiera de sus modalidades, por el desempeño físico o intelectual de actividades en jornada laboral completa, no podrá percibir un salario básico inferior al Salario Mínimo Nacional.