ARTÍCULO 7.- (SALARIO MÍNIMO NACIONAL).
Decreto Supremo 5154
1 de Mayo, 2024
Vigente
ARTÍCULO 7.- (SALARIO MÍNIMO NACIONAL).
El monto determinado para el Salario Mínimo Nacional, en los sectores público y privado, es de Bs2.500.- (DOS MIL QUINIENTOS 00/100 BOLIVIANOS), que representa un incremento del cinco punto ochenta y cinco por ciento (5.85%) con relación al establecido para la gestión 2023, siendo su aplicación obligatoria y sujeta a las acciones de control y supervisión del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.