ARTÍCULO 113.- (DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS).
ORGANIZACIÓN DEL ÓRGANO EJECUTIVO (4857)
6 de Enero, 2023
Vigente
ARTÍCULO 113.- (DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS).
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I. |
La Dirección General de Asuntos Jurídicos tiene las siguientes funciones:
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II. |
La Dirección General de Asuntos Jurídicos podrá tener bajo su dependencia las siguientes unidades:
De acuerdo con las competencias y límites presupuestarios, cada ministerio podrá prescindir de estas unidades, reasignando las funciones citadas dentro de la estructura de la dirección general. |
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III. |
La Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de la Presidencia tendrá bajo su dependencia a la Unidad de Asesoría Agraria, para prestar apoyo en la temática agraria, y a la Unidad del Archivo General y Memoria Institucional de la Presidencia del Estado Plurinacional, para mantener y resguardar la normativa legal del Órgano Ejecutivo. |
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IV. |
La Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de la Presidencia tendrá bajo su dependencia funcional, como unidades desconcentradas, a la Gaceta Oficial de Bolivia, para atender la edición y publicación oficial de la normativa emitida por el Órgano Ejecutivo, y a la Unidad de Análisis encargada de emitir informes jurídicos multidisciplinarios así como analizar y emitir opinión jurídica, sobre los proyectos normativos a ser elevados a consideración de la Presidenta o Presidente del Estado Plurinacional y al Consejo de Ministras y Ministros del Estado Plurinacional cuando corresponda. Ambas unidades estarán a cargo de una Directora o Director. |
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V. |
Las Directoras o Directores Generales dependen directamente de la Viceministra(o), con excepción de las Directoras o Directores Generales de Planificación, de Asuntos Administrativos y de Asuntos Jurídicos que dependen de la Ministra(o), son responsables de dirigir, supervisar y coordinar las actividades técnicas, operativas y administrativas de su área de competencia, así como ejecutar y cumplir los reglamentos, instructivos, circulares y órdenes. |
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VI. |
Los Jefes de Unidad dependen directamente de la Directora o Director General, son responsables de la ejecución de las tareas técnicas y administrativas correspondientes a su unidad, de conformidad con los reglamentos, el manual de organización y funciones establecido para cada ministerio o institución. |