DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.-
Decreto Supremo 4850
28 de Diciembre, 2022
Vigente
Modifica el primer párrafo y sus incisos a) y b) del Artículo 9, los artículos 11, 13 y 20, del DS 21531 de 29/06/1995 (Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado - RC-IVA) , párrafos segundo y tercero del Artículo 3, inciso f) del Artículo 12, último párrafo del Artículo 15 del DS 24051, de 29/06/1995 ((Reglamento del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE)); primer párrafo del Artículo 10 del DS 21532, de 27/02/1987 (Reglamento del Impuestos a las Transacciones - IT). Incorpora el Artículo 9 bis en el DS 21531. Deroga el inciso c) del segundo párrafo del Artículo 2 y el inciso c) del primer párrafo del Artículo 3 del DS 24051; el texto "y las personas naturales que ejercen profesiones liberales y oficios en forma independiente", del primer párrafo del Artículo 39 del DS 24051.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.-
El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2023.