DISPOSICIÓN FINAL OCTAVA.-
Decreto Supremo 4848
28 de Diciembre, 2022
Vigente
DISPOSICIÓN FINAL OCTAVA.-
I. |
Las Empresas Públicas del nivel central del Estado y empresas en las cuales el Estado tenga mayoría accionaria que pertenezcan al Sistema Interconectado Nacional de Transmisión de la cadena del Sector de la Industria Eléctrica realizarán mensualmente la transferencia del cinco por ciento (5%) de los recursos percibidos por concepto de las ventas de servicios de transmisión al TGN, hasta el día diez (10) del siguiente mes. |
II. |
Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas realizar el registro de recursos en el presupuesto del TGN, para efectivizar su transferencia al Fondo de Renta Universal de Vejez. |